Resumen artículo
Con la Ley General de Sanidad que recoge en su artículo 20, apartado 1, que la atención a los problemas de salud mental de la población se realizará en el ámbito comunitario y en el apartado 3 sigue diciendo que se desarrollarán los servicios de rehabilitación y reinserción social necesarios para una adecuada atención integral de los problemas del enfermo mental, buscando la necesaria coordinación con los servicios sociales, queda consolidada, desde el marco jurídico, la reforma psiquiátrica iniciada en el año 1982, con los servicios de salud mental en los distritos e iniciándose a partir de 1987 y desde la Consejería de Integración Social de la Comunidad Autónoma de Madrid, el programa de Servicios Sociales Alternativos a la Institucionalización Psiquiátrica. A través de este Programa, la Consejería ha puesto en marcha, hasta la fecha, cinco Centros de Rehabilitación Psicosocial
Palabras Clave
familia; rehabilitación psicosocial; enfermos mentales crónicos;
Referencia normalizada (para citas)
Jurado, M. C. & López, C. (1994). Abordaje familiar desde un centro de rehabilitación psicosocial de enfermos mentales crónicos. Servicios Sociales y Política Social, 33, 41-50